Juan Ubaldo Rivas Fernández
Psicoterapeuta. Mediador. Personal laboral en Servicios Sociales.
Tras la lectura del artículo “Depende de quién te toque”, publicado en el Diagonal 111 (jueves 22 oct. 2009) en este necesario espacio sobre la utilidad del trabajo social, me surgen varias preguntas que me gustaría exponer aquí. Quiero contribuir a este debate con el objeto de analizar la problemática de la violencia de género y posibilite abordajes que ayuden a la resolución de esta lacra social.
La Ley Integral contra la Violencia de Género, los programas de atención para víctimas y las campañas publicitarias han aportado avances determinantes como la visibilización pública de un problema antes considerado como privado, la sensibilización social contra la discriminación histórica de la mujer y el castigo a los agresores que cometen un delito antes banalizado. Pero también conllevan sombras importantes. ¿Por qué no están consiguiendo que se reduzca el número de mujeres asesinadas?
La Ley centra las soluciones en el castigo al agresor. Desde las instituciones apenas se ofrecen recursos para prevenir el maltrato. Ni se contempla la rehabilitación de los maltratadores por considerarla imposible (se suele decir que si un maltratador acepta someterse a tratamiento, lo hace para engañar a las instituciones).Se deja indefensos a los hijos en los procesos judiciales y expuestos a dolorosas manipulaciones por sus padres (y sus abogados) para conseguir su custodia. Y, sutilmente, contribuye al mantenimiento de la relación entre géneros tradicional del patriarcado.
El actual abordaje del problema establece una dicotomía, hombre maltratador/mujer víctima, que mantiene en el ideario colectivo la oposición entre géneros propia del patriarcado: los hombres dominan y las mujeres asumen ese dominio. ¿No existen en nuestra sociedad mujeres poderosas en base a valores tradicionalmente masculinos y hombres que se dedican al cuidado de otras personas desde un rol tradicionalmente femenino?
El problema es que se parte de una generalización del concepto de maltrato a todo conflicto de pareja y, además, se califica como unidireccional. ¿Es siempre la mujer la receptora de violencia en toda relación de pareja conflictiva? ¿Es una norma que la mujer esté siempre en una posición de inferioridad? ¿Cabe la posibilidad de hombres-víctima y mujeres-maltratantes? El conflicto es parte de la vida y su resolución causa sufrimiento, pero no siempre se puede hablar de que haya maltrato, no siempre se puede hablar de violencia unidireccional. Existe también el maltrato mutuo. Y relaciones de pareja conflictivas.
El origen del maltrato no está únicamente en el patriarcado. Sin negar su influencia, existen múltiples variables propias de la complejidad de las relaciones de pareja. La expectativa sobre la pareja, como generadora exclusiva de felicidad, descuidando otras relaciones; el modelo de familia nuclear cerrada al exterior; la concepción católica del matrimonio como sacramento; el mito del amor eterno; el estigma del divorcio como fracaso personal; las carencias afectivas y la deficiente educación emocional; la injerencia de las familias de origen; adicciones; psicopatologías, etc.
Tenemos que acercarnos a los problemas desde una perspectiva multidimensional. La intervención ha de particularizarse según las características únicas de cada relación. Nos encontramos con parejas donde hay conflictos o maltrato incipiente, o mujeres que no quieren denunciar, o que, tras denunciar, regresan con su pareja. Desde el trabajo social hay que ofrecer tratamientos para reequilibrar esas parejas; fomentar la comunicación no violenta entre ellos; prevenir las agresiones rompiendo el ciclo de la violencia y concienciarles para una adecuada educación afectiva de sus hijos. Desde los juzgados habría que derivar los casos de mujeres que regresan con sus maltratadores a programas de intervención psicosocial. No podemos abandonar a estas mujeres y negarles la ayuda porque no opten por la separación.
Hay que desmontar el mito de que la terapia de pareja es sólo para unir y reconstruir la relación en común. Una terapia es un espacio abierto que puede servir también para elaborar una separación; posibilita la escucha de las necesidades de cada uno, la gestión de sentimientos negativos y la aceptación de un deterioro irreversible en la relación. El terapeuta que trabaja desde la institución pública se convierte en un elemento de control que impide la comisión de actos violentos. La terapia supone un espacio común donde los dos se sienten escuchados y no permite que el hombre se sienta abandonado, olvidado y calificado como “malo” por el sistema.
Nunca se podrá atajar este problema sin trabajar con los hombres. Sin ayudarles a elaborar sus emociones y a descartar la violencia como solución a los problemas. La agresión es la respuesta más primitiva y propia de quien no dispone de habilidades de relación interpersonal ni de resolución de conflictos. Herencia de la sociedad patriarcal que legitima el uso de la fuerza física del hombre y le niega su mundo emocional. Una forma de hacer tambalear al patriarcado es reeducando a los hombres en la emocionalidad y las relaciones afectivas con otras personas.
Pero el principal error de la ley es la prohibición injustificada de la Mediación en caso de existir denuncia de violencia de género. Curiosamente, la misma ley no prohíbe la conciliación o que los cónyuges presenten un acuerdo de separación pactado entre ellos. ¿Ha sido la Mediación vetada desde un desconocimiento de esta técnica de resolución de conflictos?¿Están equivocados los juzgados de Argentina, Canadá, EE. UU. o Reino Unido, donde sí se ofrece esta posibilidad?
Sin la mediación se imposibilita una vía para interrumpir situaciones de maltrato. No es una técnica válida para todos los casos. Lo primero porque es voluntaria. Y lo segundo porque está contraindicada en casos de claro desequilibrio entre las partes. Los mediadores están formados para valorar estos supuestos y descartar la negociación si no hay garantías de que los acuerdos estén basados en la libre voluntad de los participantes.
La mediación facilita una mejor gestión de sentimientos (ira, rabia, frustración) que suelen acompañar a las separaciones. Supone una solución creativa y ajustada a la especificidad de cada relación al devolver el protagonismo a los miembros de la pareja. Son ellos los que deciden las condiciones de su separación y no personas ajenas. Por ello disminuye los casos de impago de pensiones de alimentos, incumplimiento del régimen de visitas, previene nuevos actos de violencia y aísla a los hijos del proceso de separación, permitiendo que puedan relacionarse con ambos tras la separación.
La vía penal es necesaria para los delitos cometidos contra la integridad física y moral de las mujeres, pero no puede ser la única. La intervención social debe procurar una construcción social de las relaciones de igualdad entre hombres y mujeres; prevención de la violencia; comunicación pacífica; y garantizar una buena maternidad/paternidad que sirva de modelo afectivo y relacional no violento a las generaciones futuras.
Seguir leyendo...
La Ley Integral contra la Violencia de Género, los programas de atención para víctimas y las campañas publicitarias han aportado avances determinantes como la visibilización pública de un problema antes considerado como privado, la sensibilización social contra la discriminación histórica de la mujer y el castigo a los agresores que cometen un delito antes banalizado. Pero también conllevan sombras importantes. ¿Por qué no están consiguiendo que se reduzca el número de mujeres asesinadas?
La Ley centra las soluciones en el castigo al agresor. Desde las instituciones apenas se ofrecen recursos para prevenir el maltrato. Ni se contempla la rehabilitación de los maltratadores por considerarla imposible (se suele decir que si un maltratador acepta someterse a tratamiento, lo hace para engañar a las instituciones).Se deja indefensos a los hijos en los procesos judiciales y expuestos a dolorosas manipulaciones por sus padres (y sus abogados) para conseguir su custodia. Y, sutilmente, contribuye al mantenimiento de la relación entre géneros tradicional del patriarcado.
El actual abordaje del problema establece una dicotomía, hombre maltratador/mujer víctima, que mantiene en el ideario colectivo la oposición entre géneros propia del patriarcado: los hombres dominan y las mujeres asumen ese dominio. ¿No existen en nuestra sociedad mujeres poderosas en base a valores tradicionalmente masculinos y hombres que se dedican al cuidado de otras personas desde un rol tradicionalmente femenino?
El problema es que se parte de una generalización del concepto de maltrato a todo conflicto de pareja y, además, se califica como unidireccional. ¿Es siempre la mujer la receptora de violencia en toda relación de pareja conflictiva? ¿Es una norma que la mujer esté siempre en una posición de inferioridad? ¿Cabe la posibilidad de hombres-víctima y mujeres-maltratantes? El conflicto es parte de la vida y su resolución causa sufrimiento, pero no siempre se puede hablar de que haya maltrato, no siempre se puede hablar de violencia unidireccional. Existe también el maltrato mutuo. Y relaciones de pareja conflictivas.
El origen del maltrato no está únicamente en el patriarcado. Sin negar su influencia, existen múltiples variables propias de la complejidad de las relaciones de pareja. La expectativa sobre la pareja, como generadora exclusiva de felicidad, descuidando otras relaciones; el modelo de familia nuclear cerrada al exterior; la concepción católica del matrimonio como sacramento; el mito del amor eterno; el estigma del divorcio como fracaso personal; las carencias afectivas y la deficiente educación emocional; la injerencia de las familias de origen; adicciones; psicopatologías, etc.
Tenemos que acercarnos a los problemas desde una perspectiva multidimensional. La intervención ha de particularizarse según las características únicas de cada relación. Nos encontramos con parejas donde hay conflictos o maltrato incipiente, o mujeres que no quieren denunciar, o que, tras denunciar, regresan con su pareja. Desde el trabajo social hay que ofrecer tratamientos para reequilibrar esas parejas; fomentar la comunicación no violenta entre ellos; prevenir las agresiones rompiendo el ciclo de la violencia y concienciarles para una adecuada educación afectiva de sus hijos. Desde los juzgados habría que derivar los casos de mujeres que regresan con sus maltratadores a programas de intervención psicosocial. No podemos abandonar a estas mujeres y negarles la ayuda porque no opten por la separación.
Hay que desmontar el mito de que la terapia de pareja es sólo para unir y reconstruir la relación en común. Una terapia es un espacio abierto que puede servir también para elaborar una separación; posibilita la escucha de las necesidades de cada uno, la gestión de sentimientos negativos y la aceptación de un deterioro irreversible en la relación. El terapeuta que trabaja desde la institución pública se convierte en un elemento de control que impide la comisión de actos violentos. La terapia supone un espacio común donde los dos se sienten escuchados y no permite que el hombre se sienta abandonado, olvidado y calificado como “malo” por el sistema.
Nunca se podrá atajar este problema sin trabajar con los hombres. Sin ayudarles a elaborar sus emociones y a descartar la violencia como solución a los problemas. La agresión es la respuesta más primitiva y propia de quien no dispone de habilidades de relación interpersonal ni de resolución de conflictos. Herencia de la sociedad patriarcal que legitima el uso de la fuerza física del hombre y le niega su mundo emocional. Una forma de hacer tambalear al patriarcado es reeducando a los hombres en la emocionalidad y las relaciones afectivas con otras personas.
Pero el principal error de la ley es la prohibición injustificada de la Mediación en caso de existir denuncia de violencia de género. Curiosamente, la misma ley no prohíbe la conciliación o que los cónyuges presenten un acuerdo de separación pactado entre ellos. ¿Ha sido la Mediación vetada desde un desconocimiento de esta técnica de resolución de conflictos?¿Están equivocados los juzgados de Argentina, Canadá, EE. UU. o Reino Unido, donde sí se ofrece esta posibilidad?
Sin la mediación se imposibilita una vía para interrumpir situaciones de maltrato. No es una técnica válida para todos los casos. Lo primero porque es voluntaria. Y lo segundo porque está contraindicada en casos de claro desequilibrio entre las partes. Los mediadores están formados para valorar estos supuestos y descartar la negociación si no hay garantías de que los acuerdos estén basados en la libre voluntad de los participantes.
La mediación facilita una mejor gestión de sentimientos (ira, rabia, frustración) que suelen acompañar a las separaciones. Supone una solución creativa y ajustada a la especificidad de cada relación al devolver el protagonismo a los miembros de la pareja. Son ellos los que deciden las condiciones de su separación y no personas ajenas. Por ello disminuye los casos de impago de pensiones de alimentos, incumplimiento del régimen de visitas, previene nuevos actos de violencia y aísla a los hijos del proceso de separación, permitiendo que puedan relacionarse con ambos tras la separación.
La vía penal es necesaria para los delitos cometidos contra la integridad física y moral de las mujeres, pero no puede ser la única. La intervención social debe procurar una construcción social de las relaciones de igualdad entre hombres y mujeres; prevención de la violencia; comunicación pacífica; y garantizar una buena maternidad/paternidad que sirva de modelo afectivo y relacional no violento a las generaciones futuras.


